Se anuncia que en las operaciones ICO firmadas por las PYMES se aplican una comisión y un aumento del tipo de interés, cláusula que desde el ICO asegura que está en la norma. Las entidades financieras explican que lo único que hace es trasladar al cliente el coste que a ellos les sube el ICO por los avales, que tienen un precio dependiendo del periodo de amortización. Siendo así, desde ANETRA volvemos a insistir que si las operaciones ICO firmadas por la empresa son inferiores a los 800.000 euros, no tendrá ningún coste, al igual que si la empresa solicita solo un aumento de 12 meses de carencia. Recomendamos estar atentos al clausulado de los avales firmados.