La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha emitido un dictamen en el que solicita que la nueva Ley de Movilidad Sostenible revise las barreras históricas que han impedido el desarrollo de la competencia del transporte de viajeros por carretera, a la vez que, como ya hizo anteriormente en el último estudio publicado, recomienda su liberalización.
La CNMC, ha publicado un informe sobre el anteproyecto de la ley, donde señala que se trata de una oportunidad para revisar la regulación vigente y reducir obstáculos innecesarios o desproporcionados al acceso y ejercicio de las actividades de transporte.
Entre las recomendaciones del órgano consultivo, figuran que la política de movilidad deberá estar orientada por los principios de competencia efectiva y de neutralidad competitiva y tecnológica e incluir el principio de necesidad entre los principios orientadores del establecimiento de Obligaciones de Servicio Público (OSP) y Contratos de Servicio Público (CSP).
Asimismo, recomienda fijar un orden de prelación de las primeras sobre los segundos y hacer imperativa la eliminación de las OSP (y por extensión, de las CSP) en el momento en que dejen de estar justificadas, así como diseñar las políticas de acceso a los datos adecuadamente para impulsar la competencia sin distorsionar los incentivos de los operadores.
Además, la CNMC indica que se deben reforzar la coordinación entre las diferentes entidades y administraciones, para determinar el contenido y obligaciones de los planes de movilidad y evitar duplicidades, para que la operación del servicio pueda ser efectiva. Y a ello añade que no tiene que reservarse únicamente a las administraciones públicas y los operadores ferroviarios los servicios de conexión con el ferrocarril y una mayor flexibilidad en las condiciones para establecer estos servicios cuando coincidan con rutas de autobús.
Otras recomendaciones se centran en revisar el sistema concesional en el transporte de viajeros por carretera, salvo en aquellos casos donde la iniciativa privada no proporcione las condiciones deseables, especificar los requisitos que debe cumplir una ruta para ser susceptible de liberalización y definir las obligaciones que se podrían imponer a los operadores en el supuesto de que esta se lleve a cabo y adoptar medidas para evitar que el statu quo vigente del sistema concesional permanezca inalterado durante el plazo de transición contemplado de varios años más.