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16-18 Noviembre

Gobierno reconoce situacion limite del transporte por carretera y el boe publica el decreto de subvenciones temporales

El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, ha reconocido, en la última Sesión de Control en el Congreso de los Diputados, la situación de “dificultades que atraviesa el sector” del transporte por carretera, que, a su juicio, “ya venían arrastrándose desde el verano de 2021 ligadas al precio de los carburantes”.
Para Sánchez, esas dificultades “frenan cualquier recuperación sostenible de las Pymes que ya lo pasaron muy mal en la pandemia”, y ha abordado las diferentes medidas que se han acordado por parte de los diferentes ministerios con las asociaciones representantes del sector del tráfico por carretera de mercancías y viajeros. Además, el presidente ha anunciado, el desarrollo futuro de una Ley del Precio Justo para los transportistas.

Medidas que se han publicado ya en el Boletín Oficial del Estado (BOE), dentro del Real Decreto del Plan Nacional de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la guerra en Ucrania. Algunas de las cuales ya fueron solicitadas por la Asociación Nacional de Empresarios de Transportes en Autocares (ANETRA) hace tiempo, como la ampliación de los plazos de devolución de los préstamos ICO, la aplicación de ayudas directas, o la solicitud de bonos de carburantes, y que ahora se ven reflejadas en la decisión del Gobierno.

En su preámbulo, hay un apartado de referencia al transporte de viajeros, donde se indica que a los aumentos de costes derivados del aumento del precio de combustibles, “se suma la baja demanda de estos servicios que aún pervive por los efectos de la pandemia, de modo que la nueva problemática ha venido a profundizar los problemas de viabilidad económica que ya se venían produciendo en esta rama de actividad”. Y se añade que “todo ello se agrava especialmente en el transporte discrecional, al que se añaden las incertidumbres que se abren en los nuevos periodos turísticos, que es previsible que se vean afectados por la actual crisis. Se requiere por tanto una acción urgente para apoyar de forma rápida y decidida a las empresas del sector, incluyendo líneas de ayuda directa que garanticen la liquidez de las mismas y la compensación de los costes extraordinarios que han soportado derivados de la guerra en Ucrania, siguiendo el espíritu y condicionantes marcados en el Marco Temporal relativo a las medidas de ayuda estatal destinadas a respaldar la economía tras la agresión contra Ucrania por parte de Rusia recientemente aprobado por la Comisión Europea”.

El importe de las ayudas se repartirá entre las diversas actividades: Transporte por taxi, tipos de transporte terrestre de pasajeros n.c.o.p., transporte de mercancías por carretera y servicio de transporte sanitario de personas.

En el articulado se recogen los acuerdos alcanzados con el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, de una inyección de más de 1.000 millones de euros. Con un fondo de 450 millones con ayudas en función del tipo de vehículo, con una reducción de 20 céntimos por litro o kilo de combustible, la devolución mensual del impuesto sobre los hidrocarburos, la aceleración de la devolución del céntimo sanitario, y la ampliación de los plazos de devolución de los créditos ICO.

La subvención del precio del combustible de los 20 céntimos es una medida temporal que cubre desde abril hasta el 30 de junio, y corresponden a 1.250 euros por camión, 950 euros por autobús, 500 euros por furgoneta y por vehículo ligero (taxis, VTC y ambulancias). Con un máximo por empresa de 400.000 euros.

No obstante, el análisis realizado por la Asociación Nacional de Empresarios de Transportes en Autocares (ANETRA), “no convence” a sus asociados, dado que sólo suponen una minoración de 1.850 euros en el periodo abril-junio, y que las empresas del sector deberán asumir directamente 3.150 euros del incremento del combustible hasta junio, lo que supone que el coste de combustible ronde el 30% de los costes totales.

El articulado explica como se van a aplicar estos descuentos y como se debe actuar para la devolución de las bonificaciones y anticipos a cuenta. Lo que se incluye en el artículo 17 del citado decreto. Que en su redacción completa señala que para obtener esos beneficios habrá que solicitarlos a la Administración:

“Se entenderá por Administración competente la Agencia Estatal de Administración Tributaria, respecto de los suministros de los productos objeto de la bonificación que hayan tenido lugar en territorio común, y la administración foral que corresponda, en el caso de los suministros de dichos productos que hayan tenido lugar en la Comunidad Autónoma del País Vasco y en la Comunidad Foral de Navarra. Las solicitudes deberán presentarse ante cada Administración competente respecto de los suministros de los productos objeto de la bonificación que hayan tenido lugar en el territorio correspondiente. En el caso de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, las funciones de recepción, tramitación y resolución de las solicitudes recibidas correspondientes a esta bonificación, así como la gestión de los anticipos a cuenta corresponderán al Departamento de Aduanas e Impuestos Especiales. La solicitud se presentará en la Sede Electrónica, rellenando el formulario electrónico que a tal efecto ponga a disposición la Agencia Estatal de Administración Tributaria”.

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