La Asociación Nacional de Empresarios de Transportes en Autocares (ANETRA) recuerda las novedades vigentes desde el 1 de octubre, que incluyen el límite de 80 km/h para determinados autobuses, nuevas precauciones en los adelantamientos y reglas para facilitar el paso de los servicios de emergencia. Para las empresas, los cambios aconsejan revisar las instrucciones a los conductores y la planificación de los servicios.
La reforma del Reglamento General de Circulación, aprobada mediante el Real Decreto 518/2026, de 24 de junio, está en vigor desde el pasado 1 de octubre. Aunque su principal objetivo es reforzar la protección de los usuarios vulnerables, incorpora medidas que afectan a la actividad de las empresas de autobuses y autocares, tanto en carretera como en los desplazamientos urbanos. La DGT sitúa la seguridad de las personas y la convivencia entre los distintos modos de transporte en el centro de esta actualización.
ANETRA ha trasladado a sus asociados las principales novedades mediante Circular Informativa 20/2026. Su aplicación tiene consecuencias prácticas para la conducción y aconseja comprobar si los protocolos internos y los tiempos previstos para determinados servicios necesitan ajustes.
80 km/h para autobuses con viajeros de pie o sin cinturones
Uno de los cambios más directamente relacionados con el transporte de viajeros es la extensión del límite de 80 km/h a cualquier vía fuera de poblado, incluidas autopistas y autovías, cuando en un autobús viajen pasajeros de pie porque esté autorizado o cuando el vehículo no disponga de cinturones de seguridad.
No se trata de una reducción general de la velocidad máxima para todos los autocares. La medida se refiere a esos supuestos concretos, por lo que las empresas deben tener en cuenta las características del vehículo y las condiciones del servicio al asignar la flota y calcular los tiempos de recorrido. El BOE explica que la modificación corrige una regulación que circunscribía este límite a las carreteras convencionales.
Adelantamientos con mayor margen de seguridad
En los adelantamientos a ciclistas fuera de poblado, los conductores deben circular al menos 20 km/h por debajo del límite de la vía, antes de iniciar la maniobra y durante toda su ejecución. Se mantiene la separación lateral mínima de 1,5 metros y, cuando haya más de un carril por sentido, es obligatorio cambiar completamente de carril.
También debe dejarse una separación de al menos 1,5 metros y reducirse la velocidad en los términos establecidos al rebasar vehículos inmovilizados por avería, accidente o determinados trabajos y servicios que ocupen total o parcialmente el carril de circulación.
Para las empresas, estas precauciones aconsejan reforzar las instrucciones sobre anticipación y selección del momento del adelantamiento, especialmente en rutas con presencia habitual de ciclistas. Los horarios deben ofrecer margen para realizar las maniobras con seguridad.
Retenciones y nieve: facilitar el paso de las emergencias
La reforma regula la formación de un corredor de emergencia en autopistas y autovías cuando, por una retención, los vehículos circulen a paso de peatón o estén detenidos. Los del carril izquierdo deben desplazarse hacia la izquierda y los de los demás carriles hacia la derecha.
Cuando la nieve dificulte la circulación en estas vías, queda prohibido adelantar. Debe utilizarse el carril derecho, con posibilidad de emplear el contiguo en tramos de tres o más carriles por sentido, dejando libres los restantes de la izquierda para emergencias y quitanieves.
Por sus dimensiones, el autocar requiere anticipación para dejar espacio suficiente en una retención. En los servicios expuestos a condiciones invernales, conviene prever alternativas de recorrido y procedimientos para informar a los viajeros de posibles retrasos.
Acceso urbano y subida y bajada de pasajeros
La actualización también tiene interés para los servicios turísticos, escolares y de grupos. El nuevo marco urbano permite a los ayuntamientos establecer condiciones específicas para facilitar la subida y bajada de menores, personas mayores, con movilidad reducida o con discapacidad. Estas pueden incluir el acceso a zonas restringidas o un tiempo superior al ordinario para completar las maniobras con seguridad.
La previsión no concede una autorización automática a todos los autocares: su aplicación depende de las ordenanzas municipales. Por ello, las empresas deben comprobar las condiciones de cada destino y los permisos necesarios. Asimismo, en ciudad los vehículos a motor deben mantener al menos cinco metros de separación respecto a los ciclistas que circulen delante por el mismo carril.
La adaptación empresarial pasa por trasladar estas novedades a los conductores, revisar los servicios afectados y comprobar las condiciones de acceso y parada en cada municipio. Son actuaciones que permiten incorporar la reforma a la operativa diaria y preservar la seguridad de los viajeros durante todo el trayecto.

















