Ante las dudas suscitadas en relación con el alcance y aplicación de las medidas incluidas por el Gobierno de España en el Plan de Respuesta a la Crisis de Oriente Medio incluido en el Real Decreto Legislativo 7/2006, la Asociación Nacional de Empresarios de Transportes en Autocares (ANETRA), aclara a los operadores de transporte algunos puntos relacionados con la bonificación de 20 céntimos al gasóleo profesional, la prohibición de despidos hasta el 30 de junio, los planes de movilidad al trabajo y la libertad de amortización para vehículos eléctricos e infraestructuras de recarga.
En relación con la bonificación del gasóleo profesional, ANETRA señala que todas las empresas beneficiaria han percibido, hasta el 21 de marzo, la devolución correspondiente al tipo vigente de 4,9 céntimos/litro. Sin embargo, la bonificación extraordinario de 20 céntimos libro aprobada en el paquete de medidas del Gobierno frente a la crisis en Oriente Medio, se encuentra pendiente de abono. La razón: la aplicación efectiva de esta medida requería de la previa habilitación por parte de la Unión Europea, adoptada finalmente el 29 de abril. Satisfecho este requerimiento, se prevé que la próxima materialización de la devolución correspondiente a la bonificación de los 20 céntimos.
El paquete de medidas del Gobierno incluía la prohibición, para todas la empresa que se cojan a las ayudas, de realizar despidos basados en causas de fuerza mayor o económicas, técnicas, organizativas o de producción que tengan origen en la situación en Oriente Medio. Dichos despido serán calificados como nulos y conllevarán la obligación de reintegrar la ayudar recibida. En el caso de los contratos fijos-discontinuos tampoco puede justificarse el cese de actividad o falta de llamamiento por esas mismas causas, pero sí se puede cesar por otras distintas (como el fin de temporada o servicio que justifica el llamamiento).
El Real Decreto Legislativo 7/2006 modificaba también la Ley de Movilidad Sostenible adelantando a doce meses el plazo para que las empresas dispongan de un Plan de Transporte al Trabajo. Con esa modificación, las empresas afectadas (con centros de trabajo de más de 200 trabajadores o 100 por turno) deberán tenerlo implantado antes de finales de 2026. Dicho plan deberá analizar los desplazamiento al trabajo e incorporar medidas para reducir el consumo energético y las emisiones asociadas, incluyendo el uso del transporte colectivo. El incumplimiento de esta obligación podrá llevar la devolución de las ayudas recibidas. En este sentido, Anetra recuerda que sus asociados cuentan con la asesoría de la consultora de movilidad Impulso Mobility.
Por ultimo, la Asociación explica, también, que en el marco de las medidas aprobadas por el Gobierno, las inversiones realizadas en vehículos nuevos FCV, FCHV, BEV, REEV o PHEV afectos a actividades económica que entren en funcionamiento en periodos impositivos iniciados en 2024, 2025 y 2026 podrán amortizarse libremente. El mismo régimen se aplica a las nuevas infraestructuras de remarca de vehículos eléctricos de potencia normal o alta que entren en funcionamiento en los mismos ejercicios.

















